viernes, 26 de junio de 2009

La noción de reincidencia

"Desde hace algunos años, la cuestión de la reincidencia suscita un creciente interés, especialmente en materia de delincuencia sexual. Derivado del adjetivo latino "recidivus", "recaído", "que regresa", el término reincidencia no es novedoso, ya que en francés se incluye en el vocabulario médico a partir de 1560, y en los documentos jurídicos a partir de 1593.

Dificultades metodológicas.

Si nos atendemos a la definición jurídica de reincidencia, consideramos que podemos hablar de reincidencia "cuando tras un acto judicial (crimen o delito), asistimos a la reiteración de una judicialización por un nuevo crimen o delito de la misma naturaleza" (Ciavaldini, 1999). Por el contrario, desde una perspectiva médico-psicológica, definimos reincidencia basándonos en criterios psicológicos de extensión variable segúnse preste atención al delito, al comportamiento en general, a las disposiciones habituales, a la personalidad, a la relación con la ley simbólica, etc. De esta forma, dependiendo de la elección metodológica del especialista, se consideraría reincidencia bien un delito de la misma clase, sea cualquier acto delictivo o incluso comportamiento análogo y no delictivo.

El tiempo de evaluación de la reincidencia constituye en si una variable suplementaria. Probablemente la tasa de reincidencia será tanto más elevada cuanto más largo sea el período de evaluación.

Asimismo parece que la naturaleza del delito puede tener incidencia en la probabilidad de reincidencia. Por ejemplo, Proulx, en 1993, varía las estadísticas, pasando de un 19% a un 41% en el caso de los exhibicionistas, y de un 0% al 11% en el de los padres incestuosos.

Por consiguiente es necesario el análisis y la comparación de las tasas de reincidencia a partir de los respectivos cuadros metodológicos, y es importante llevar esto a cabo antes de mostrar a los delincuentes sexuales los resultados obtenidos en diversos estudios sobre la reincidencia."


JIMÉNEZ GÓMEZ, F. (Coord.) (2005) Evaluación psicológica forense. Fuentes de información, abusos sexuales, testimonio, peligrosidad y reincidencia. Salamanca: Editorial Amarú. (Págs. 208 a 209).



lunes, 8 de junio de 2009

Evalulación de la Simulación y el Engaño

"La simulación es aborda en la Ley Penal española mediante la siguiente disposición:
  • "Cuando el procesado rehúse contestar o se finja loco, sordo o mudo, el Juez instructor le advertirá que, no obstante su silencio y su simulada enfermedad, se continuará la instrucción del proceso. De estas circunstancias se tomará razón por el Secretario, y el Juez Instructor procederá a investigar la verdad de la enfermedad que aparente el procesado (...)" (art. 392 LECR).
Un problema con el que frecuentemente se topa el perito psicólogo es el de valorar la posible simulación del detenido, que trata de aparentar una carencia de imputabilidad. Pero también del beneficiario de una póliza que pretende simular un deterioro, de una víctima que reclama indemnización o de un padre o madre que quiere demostrar su competencia para la guarda y custodia. Como recientemente señala Javier Urra (1997, p.91):
  • "El intento de demostrar que se padece enfermedad mental (simulación) o su antónimo cuando se sufre (disimulación), la exposición de cuadros clínicos padecidos anteriormente retrosimulación, muy empleada por toxicómanos) y lo opuesto, hace ver que se inicia una patología con visión de futuro (metasimulación) planteada por presos que preparan su pronta salida de la cárcel sin voluntad de modifica su conducta delictiva (no confundible con la psicosis carcelaria), son conductas habituales que se detectan en los Juzgados Penales y Civiles".
En otro lugar comentábamos en extenso la evidencia acumulada sobre la validez y fiabilidad del test de Rorschach (Rodríguez Sutil, 1990). Un asunto relacionado ocn la fiabilidad es la posibilidad de falsear las respuestas. En dos investigaciones separadas por ocho años Albert, Fox y Kahn (1980) y Kahn, Fox y Rhode (1988) - de la Universidad de Arizona- intentaron comprobar hasta qué punto pueden falser los sujetos que pretenden simular psicosis y, en el segundo, si los análisis mediatne métodos computerizados son más precisos a la hora de detectar esos mismos protocolos. Los resultados que alcanzan estos autores en ambas ocasiones son bastante poco favorables a la capacidad diferenciadora del test; los simuladores bien informados son capaces de engañar al experto, pero también lo consiguen simuladores sin instrucción, y los propios expertos valoran como psicóticos protocolos que proceden de sujetos normales. De ninguna manera se comprueba la afirmación de Exner (1974) de que los simuladores de fuerza del yo (F+ %) . Ahora bien, poco después J.B. Cohen (1990) critica dichos resultados de un modo que recuerda la ya clásica discusión entre clínicos y estadísticos (cf. Rodríguez Sutil, 1992). Cohen viene a decir que estos autores intetan comprobar hipótesis por métodos excesivamente simplistas y apartados de lo que es el uso clínico de los datos y de los métodos de computadora. Por poner otro ejemplo de esto mismo citemos el trabajo de Perry y Kinder (1990) cuando pretenden descubrir, mediante una revisión de la literatura publicada, la existencia de una constelación fiable de signos en los protocolos de los simuladores. Estos autores no alcanzan ningún resultados sólido. Pero es que muy a menudo los estudios estadísticos y las revisiones globales de los mismos ignoran variablaes evidentes desde la perspectiva del profesional. Parece obvio que no podemos encontrar una constelación estable de simulación desde el momento en que cada simulador posee un grado de sofisticación y un origen cultural muy diverso y, más aún, pretende objetivos distintos en cada caso. Por otra parte, el Rorschach, como las otras técnicas proyectivas, cobra su auténtica dimensión como elemento de referencia dentro de un proceso psicodiagnóstico más amplio, en el que buscamos con atención la coherencia en la descripción de la personalidad del sujeto que se extrae de fuentes diagnósticas muy diversas.
(....)

En relación con dos tests de uso bastante frecuente, como son el Bender y el Benton, Cox (1984) afirma que actuaciones extremadamentedesviadas han probado ser útiles en la identificación de los simuladores. El propio manual del test de Benton, o Test de Retención Visual (Benton, 1963), indica los tipos de errores más característicos en sujetos simuladores.

Del MMPI conviene señalar la utilidad de las escalas de control en la detección de los sujetos simuladores:

? INDECISIÓN: evasividad > 30 en los primeros 400 items.
L-MENTIRAS: autodescripciones excesivamente favorables.
F- MALA IMAGEN: tendencia, a veces, a simular una patología.
K- DEFENSIVIDAD LATENTE: defensividad T> 70 = falta de cooperación.

CONFIGURACIONES
  • Buena imagen: L y K altas, F y escalas clínicas bajas.
  • Mala imagen: L y K bajas, alta F y las escalas Sc y Pa (esquizofrenia y paranoidismo).
  • Simulación: aumento de las escalas D (depresión), Pd (desviación psicopática), Pa (paranoidismo) y Sc (esquizofrenia).
Por otra parte, la mayoría de los cuestionarios de personalidad incluyen una escala de sinceridad que debemos atender cuidadosamente.

Aunque las técnicas para detectar menitras se tratan en extenso en los textos específicos sobre valoración del testimonio, conviene que aquí comentemos algunas cuestiones al respecto.

Algunos individuos tienen una capacidad especial para mentir y engañar. Comentan Hare y sus colaboradores (1989, p.44) que aunque los psicópatas mienten, engañan y manipulan a los demás, su actuación en varios tests asociados ocn la mentira y el engaño es típicamente normal. Quizá, añaden, las razones sean que los diferentes cuestionarios y procedimientos normalmente en uso carecen de validez ecológica y simplemente no son los suficientemente sensibles para evaluar la capacidad de engaño de los piscópatas.

Paul Ekman (1985; 1989), a parte de sus numerosos estudios sobre la expresión de las emociones, es conocido por sus investigaciones sobre cómo descubrir la mentira. El ejemplo más obvio, pero poco interesante, advierte, es cuando e mentiroso olvida lo que ha dicho en una ocasión y se contradice a sí mismo después. Otra consecuencia del fracaso para prepararse adecuadamente es la de ser cogido de improviso cuando se realizan preguntas que el mentiroso no ha anticipado y para las que no tiene una respuesta preparada. En esa situación tensión el mentiroso debe pensar en una respuesta creíble de inmediato. Al hacer eso muchas personas meustran varios comportamientos: las pausas, la evitación de la mirada, los atascos y os manierismos. Por otra parte, el uso de las manos para ilustrar el habla puede aumentar mientras que el tono de voz se puede aplanar. No son signos por sí mismos de estar mintiendo, pues no existe un signo comportamental propio de la mentira. Pero si estos signos de estar pensando una respuesta ocurren en contextos en los que se debería conocer la respuesta sin tener que pensarla, pueden traicionar al mentiroso (Ekman, 1989, p.72).

Comenta este autor, en otro trabajo (y O'Sullivan, 1991, p.919), que los descubridores de mentirosos eficientes utilizan diferentes información de los no eficientes. Atienden a conductas más variadas, dando gran importancia a la información no verbal, sin fiarse exclusivamente de la verbal.

En nuestra experiencia es importante la coherencia de los resultados a través de pruebas de diferente naturaleza, por ejemplo, tests psicométricos de personalidad y técnicas proyectivas. En principio, parece adecuado suponer que el sujeto necesitaría grandes conocimientos técnicos para dar resultados equivalentes a lo largo de diferentes pruebas."

CARLOS RODRÍGUEZ SUTIL y ALEJANDRO ÁVILA ESPADA (1999) EVALUACIÓN, PSICOPATOLOGÍA Y TRATAMIENTO EN PSICOLOGÍA FORENSE. Madrid: Fundación Universidad y Empresa. (Págs. 45 a 49).

lunes, 1 de junio de 2009

La predicción en el marco de la Ley Penal del Menor. El proceso de Evaluación del Riesgo en la ejecución de las Medidas Judiciales.

"Hablar de predicción es hablar de prevención, como las dos caras de la misma moneda (Garrido y López Latorre, 1995). No olvidemos que el objetivo último de la ejecución de una medida debe ser la prevención de la conducta delictiva de un sujeto, es decir, que no vuelva a delinquir y no se consoide la carrera delictiva. Pero ¿cómo podemos hacerlo desde las "ciencias no jurídicas" (por utilizar la terminología de la LORPM) cuando aplicamos la ley penal del menor? Por lo dicho hasta ahora, presumimos que las prediciones que realizamos son mejores si utilizamos escalas de riesgo y que ello repercutirá tanto en la asignación a la medida más adecuada como en la planificación de su PIEM.

A lo largo del texto de la LORPM y de su Reglamento se solicita a las "ciencias no jurídicas" que prediga la conducta delictiva, con dos funciones generales, la primera para prever el futuro comportamiento del joven, por ejemplo ante la posibilidad de un permiso, y la segunda se encuentra ligada al tratamiento o medida judicial a ejecutar.

Hagamos un breve recorido por ambos textos legales para identificar en qué momentos se requiere una predicción y, por tanto, la identificación de los factores de riesgo que están asociados a la conducta delictiva. Algunos de estos ejemplos son:
  • Sustentar con criterios la reincidencia o informar sobre la posibilidad de fuga.
  • Informar sobre el cambio de una medida y asegurarnos que no va a darse una nueva conducta delictiva.
  • Predecir que ante una nueva salida o permiso no se va a producir un incumplimiento de la medida.
Otras dos funciones que se derivan de la capacidad de previsión del estudio del menor son:
  • Establecer que determinado recurso es idóneo dadas las caracaterísticas del menor, según sus necesidades criminógenas.
  • Orientar una medida educativa ajustada a las necesidades criminógenas y al delito cometido por el joven sin caer en criterios retributivos.
La predicción de la conducta violenta es posible (Redondo, 2004) si atendemos a que lo predecible es el riesgo de aparición de la conducta violenta, no la conducta en sí misma. Esta predicción se puede hacer de forma fiable y válida si la fundamentamos en procedimientos técnicos. He aquí algunas recomendaciones:
  • La evaluación del riesgo debe realizarse de manera científica, profesional y de acuerdo a las consideraciones legales propias de cada marco jurídico concreto.
  • El riesgo puede y debe ser evaluado de distintos modos y mediante vairados procedimientos.
  • En promedio, la evaluación del riesgo de violencia es tan adecuada y "certera" como puedan sesrlo otros muchos pronósticos, tales como el meteorológico, el financiero, el industrial, el médico, etc.
  • No es posible realizar prediciones específicas de vilencia futura en un individuo determinado con un elevado nivel de certeza o de previsión científica. No podemos conocer el riesgo real, simplemente podemos estimarlo asumiendo ciertas restricciones temporales y de contexto."

VICENTE GARRIDO, ENRIQUE LÓPEZ, TERESA SILVA, MARÍA JESÚS LÓPEZ y PEDRO MOLINA (2006) El modelo de la competencia social de la Ley de Menores. Cómo predecir y evaluar para la intervención educativa". Valencia: Tirant "Criminología y Educación Social". Serie Menor (págs 106 a 107).